La nueva ley de la Infancia pretende acabar con los miles de casos de maltrato, acoso escolar, extorsión digital («grooming»), abusos sexuales o violaciones que sufren cada año los menores españoles.
Un enfoque integral que abarca todos los ámbitos
En un post anterior os contábamos que una enmienda de última hora a la nueva norma recrudecía la persecución de los delitos sexuales en la infancia, haciendo que los pederastas puedan pagar por sus abusos hasta que la víctima cumpla al menos 40 años, retrasando así la prescripción de los ataques sexuales con el objetivo de que a los pederastas les resulte mucho más difícil eludir el castigo y la cárcel.
Pero esta no es la única mejora de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia, su nombre oficial. Para evitar que los niños acaben siendo víctimas de violencia, el texto tiene un enfoque integral que contempla todos los ámbitos: prevención, detección, intervención y reparación.
Por este motivo, los expertos la comparan a la actual ley contra la violencia de género, ya que abarca desde la prevención a la pena por el daño, pasando por una atención integral a la víctima, siendo muy similar a la cobertura que reciben las mujeres que sufren violencia de género.
Una normativa pionera, que pone al niño en el centro y el foco en la prevención
Entre las novedades que incorpora la nueva norma, figura un amplio paquete de medidas de prevención, por el que se establece que el menor tiene que crecer en “entornos seguros” en el ámbito familiar y en los centros educativos y también recoge importantes cambios a nivel judicial.
De esta forma, se garantiza una protección de los derechos del niño inédita en España y ataca todas las formas de violencia contra los menores, que en la actualidad no denuncian ni el 15% de las agresiones.
Creación de juzgados y fiscalías específicos, unidades policiales especializadas y protocolos de actuación en colegios y centros sanitarios
A partir de ahora, los menores de 14 años solo tendrán que declarar una sola vez durante la fase de instrucción del proceso judicial, frente a las hasta cuatro veces que se ven obligados a hacerlo en la actualidad. Para evitarlo, se grabará la primera declaración de la víctima, que ya no tendrá que prestar más declaración en todo el proceso.
El texto prohíbe que se alegue el síndrome de alienación parental, que carece de aval científico, por el que se entiende que, en casos de separación o divorcio, un progenitor manipula a los hijos en contra del otro progenitor, hasta que los menores terminan por rechazarlo. De esta manera se elimina el posible prejuicio del juez que podía no tener en cuenta el testimonio de los hijos en casos donde se discute su custodia porque podía creer que estaban siendo manipulados por una de las partes, sin investigación previa de las acusaciones, por ejemplo de abuso sexual.
La nueva norma mandata más bien todo lo contrario, y refuerza el derecho de los niños y adolescentes a ser escuchados. A partir de ahora, jueces y trabajadores públicos tendrán la obligación de escuchar lo que tengan que decir los menores en todos los procedimientos que les conciernan.
Por otra parte, la nueva ley da al Gobierno un plazo de 12 meses para desarrollar la legislación que regule la creación de juzgados específicos de violencia contra la infancia, así como la especialización de la fiscalía. Asimismo, el texto prevé unidades policiales especializadas en la prevención y persecución de estos delitos y prevé la puesta en marcha de protocolos de detección precoz de estas violencias en ambulatorios y hospitales, colegios y centros de menores.
Menores más protegidos en el ámbito escolar y extraescolar
La nueva norma regula la obligatoriedad de protocolos en colegios y centros deportivos, y refuerza el derecho de los niños y adolescentes a ser escuchados. Asimismo, se exige a profesores y al resto de profesionales que estén en contacto con niños y jóvenes, que no encubran situaciones de violencia y denuncien cualquier los delitos contra menores.
Para proteger a los menores de cualquier tipo de delito o abuso contra ellos, se crearán coordinadores de protección en todas las escuelas. Cada escuela e instituto deberá tener un coordinador de protección que se responsabilizará de que funcionen y se actualicen los protocolos contra el «bullying», el acoso, los abusos o las agresiones.
En las actividades deportivas y de ocio también tendrá que existir un «delegado de protección» con tareas similares, y se exigirá un certificado de carencia de antecedentes penales por delitos sexuales para ejercer cualquier actividad que tenga un contacto habitual con menores.
El derecho a un hogar seguro
En el ámbito doméstico, se refuerza la protección de los menores que viven en familias donde se dan situaciones de violencia de género y toma dos medidas pensadas para los padres maltratadores. La primera es la retirada de la patria potestad a los parricidas y filicidas; y la segunda es la suspensión del régimen de visitas al padre contra el que se dicte una orden de protección y sus hijos hayan sido testigos de su violencia o víctimas de ella.
La norma también persigue acabar con el silencio y la invisibilidad que rodea a los casos de maltrato infantil, atacando el ancestral encubrimiento de estos hechos mediante el establecimiento de la obligación de la persona adulta de denunciar al cónyuge o a cualquier familiar del que se sepa que ha cometido un delito grave sobre un menor.
Asimismo, endurece los requisitos para conceder la semilibertad o permisos carcelarios a las personas condenadas por estos delitos. También acuerda que la nueva única declaración del menor ante el juez servirá de «prueba preconstituida», lo que aliviará el miedo del niño a la revictimización.
Nuevos delitos también amplían la protección del menor en la red y los medios de comunicación
El texto tipifica nuevos delitos para perseguir a quienes a través de medios tecnológicos o de comunicación promueven el suicidio, la autolesión o la anorexia y bulimia entre los menores.
En este sentido, establece un canal específico para la retirada rápida de internet de cualquier contenido que atente contra la intimidad de un menor con el objetivo de que estos puedan utilizar las pantallas con mayores garantías de seguridad. También prohíbe la publicidad que propague conductas violentas o estereotipos sexistas, racistas u homófobos.
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