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Cada vez más menores necesitan acudir al psicólogo y la separación de sus progenitores suele ser uno de los principales motivos. Pero, ¿puedo llevar a mi hijo al psicólogo sin consentimiento del otro progenitor?
Aunque la franja de mayor edad se sitúa entre los 18 y 25 años, esto no significa que los niños y niñas más pequeños también precisen ayuda profesional. De hecho, según el informe de Unicef sobre el Estado Mundial de la Infancia de 2021, el 13% de los menores de entre 10 y 19 años (1 de cada 5) tiene algún tipo de problema de salud mental diagnosticado.
Los motivos para acudir al psicólogo a esta edad pueden ser muy diversos y, entre ellos, se encuentra la separación o divorcio de sus progenitores. Pero, ¿qué ocurre cuando no hay acuerdo entre ellos?
¿Puedo llevar a mi hijo al psicólogo sin el consentimiento del otro progenitor?
Antes de nada, es necesario saber si, efectivamente, el peque necesita ayuda psicológica. Para ello, se realiza una evaluación inicial en el que se analiza si realmente hace falta o, por el contrario, sería suficiente con algunas pautas profesionales. Para este primer paso, no es necesario el consentimiento de ambos progenitores. Bastaría con informar del proceso a través de un formulario que ofrece el especialista y que debe devolver firmado.
Si tras esa evaluación, el psicólogo considera que sí es necesario que el peque acuda a terapia, sí es necesario que ambos progenitores estén de acuerdo. De hecho, viene recogido en el artículo 25 del Código Deontológico del Colegio de Psicólogos. El motivo es que la salud mental de los hijos e hijas es una cuestión de patria potestad y, por tanto, es necesario el consentimiento de ambos progenitores. Es decir, todas las cuestiones relacionadas con la salud y educación de los menores, salvo excepciones, corresponde a ambos progenitores, independientemente del régimen de guarda y custodia fijado.
¿Qué ocurre si uno de ellos se niega? En caso de que uno de los progenitores quisiera llevar a su peque al psicólogo y el otro no, pueden acudir a un Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria. Se trata de un proceso judicial rápido y sencillo en el que un juez escucha ambas partes y autorizaba o no el proceso.
Excepciones que permiten llevar al hijo al psicólogo sin consentimiento
Pero al artículo 156 tiene excepciones que sí permiten llevar al hijo al psicólogo sin consentimiento del otro progenitor. Así, el párrafo segundo de dicho artículo recoge lo siguiente:
«Dictada una sentencia condenatoria y mientras no se extinga la responsabilidad penal o iniciado un procedimiento penal contra uno de los progenitores por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual de los hijos o hijas comunes menores de edad, o por atentar contra el otro progenitor, bastará el consentimiento de este para la atención y asistencia psicológica de los hijos e hijas menores de edad, debiendo el primero ser informado previamente«.
«Lo anterior será igualmente aplicable, aunque no se haya interpuesto denuncia previa, cuando la mujer esté recibiendo asistencia en un servicio especializado de violencia de género, siempre que medie informe emitido por dicho servicio que acredite dicha situación».
Por tanto, si uno de los progenitores está condenado o inmerso en un procedimiento penal por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual de los hijos o hijas comunes menores de edad, además de por atentar contra el otro progenitor, no es necesario el consentimiento del otro progenitor para llevar al niño o la niña al psicólogo y bastaría con informarle.
Además, con la reforma del artículo 156 del Código Civil y la entrada en vigor de la Ley 8/2021 de 2 de junio de 2021, una mujer que esté siendo tratada en un servicio especializado de violencia de género, podrá llevar al menor al psicólogo sin el consentimiento del otro progenitor sin necesidad de una condena ni denuncia previa por parte de la mujer.
La reforma del artículo no estuvo exenta de polémica al recoger únicamente a las mujeres ya que en los servicios especializados de violencia de género únicamente se les atiende a ellas. Pero no a los hombres, a pesar de que también ellos pueden ser víctimas de violencia por parte de sus parejas.
En todas esas excepciones, es suficiente con informar al otro progenitor, sin necesidad de pedir consentimiento. En el caso de los hijos mayores de 16 años, será necesario el consentimiento expreso de estos.
¿Cómo se actúa en caso de que uno de los progenitores no autorice el tratamiento? ¿Cuándo se debe llevar a un niño al psicólogo? ¿Cómo saber si tengo que llevar a mi hijo al psicólogo? Si tienes más dudas sobre si tu peque necesita ayuda psicológica y cuándo llevarlo, en la Tribu CSC cuentas con un equipo de expertos/as que pueden ayudarte a resolverlas. Entre ellos, se encuentra la psicóloga infantil Elena Mesonero y la abogada Ana Pacheco.
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