Ahora que la famosa organizadora japonesa es trimadre, admite las dificultades que presenta la maternidad para su método y confiesa que el desorden es parte de su casa. La reina de la organización del hogar…
Una sentencia obliga a un hombre a pagar a su exmujer 34.980,15 euros por las tareas del hogar y el cuidado de los 3 hijos realizados durante el matrimonio.
La mujer de Vigo se ha convertido en la primera persona en Galicia (pero no en la única de España) que reclama y consigue este tipo de indemnización. Según el diario El País, su abogada, especializada en familia, asegura que algunos compañeros suyos todavía se sorprenden de su logro, porque «aún no se pide» esta compensación cuando una pareja se divorcia.
El valor de trabajar para la casa y cuidar a los hijos durante el matrimonio: 34.980,15€
Es el valor de la indemnización por cuidar el hogar y los hijos que Sala Sexta de la Audiencia provincial de Pontevedra ha ratificado en una sentencia. Su exmarido debe indemnizarla con la cantidad de 34.980,15 euros para «compensar» el trabajo que ella realizó en el hogar y por cuidar a los hijos de ambos mientras estuvieron casados en régimen de separación de bienes.
La mujer realizaba estas tareas de forma exclusiva, por lo que no podía trabajar en ningún otro lugar, siendo la exclusividad en la dedicación requisito imprescindible para poder reclamar este tipo de indemnización.
La sentencia es firme, ya que el exmarido ha renunciado a interponer recurso de casación, aunque sí interpuso recurso de apelación. Antes de esta sentencia, el exmarido interpuso un recurso de apelación, aduciendo que el trabajo aportado por su exmujer al hogar no fue significativamente relevante, que la colaboración en casa era en pareja, que ella realizó diferentes cursos de formación durante el matrimonio y que sus hijos eran ya mayores de edad. Sin embargo, el recurso no consiguió evitar la sentencia.
La exclusividad implica una renuncia que debe ser compensada
¿Cuándo se da compensación económica en un divorcio? La sentencia de la Audiencia se basa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y en el artículo 1438 del Código Civil, que dice:
«Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación».
En la resolución, a la que ha tenido acceso la agencia EFE, se extrae que se trata de:
«Una contribución en especie que ha de tomarse en cuenta para reequilibrar la situación de casi inevitable desigualdad entre los patrimonios de los esposos en régimen de separación de bienes, especialmente para el cónyuge carente de actividad laboral que ha centrado su dedicación en el cuidado de los hijos y del hogar familiar«.
Solo es posible reclamar en separación de bienes
¿Quién puede pedir compensación económica en un divorcio? La pareja, que se había casado en 1987 bajo el régimen de gananciales, modificó su situación más tarde al régimen de separación de bienes, debido, además, a una circunstancia que convenía al esposo.
El derecho a reclamar una indemnización por la exclusividad de trabajar en tareas domésticas solo es posible en matrimonios con separación de bienes. Tal y como explica la abogada de la mujer, Rocío Sío, se trata del «derecho del que ha sacrificado su vida laboral y su economía por atender la casa y, si los hay, los niños».
Además, es importante tener en cuenta que se sigue teniendo este derecho incluso si se contra un servicio doméstico en el hogar. Si quieres más información o necesitas asesoramiento profesional, en la Tribu CSC puedes consultar online a la abogada laboralista y familiar Ana Pacheco.
Así se calculó la indemnización
¿Cómo se calcula la pensión compensatoria en un divorcio? Para fijar los criterios de cuantificación que han servido para acordar la indemnización, se han utilizado diferentes criterios establecidos en sentencias anteriores, ya que el Código Civil no especifica nada al respecto. En este caso, la jueza de primera instancia tuvo en cuenta diversos conceptos:
- El coste que hubiese tenido para la pareja contratar a una persona que hiciese el trabajo de la madre en el hogar.
- El grado de exclusividad de la contribución de la mujer a dicho trabajo, que le impidió enriquecer su propio patrimonio con actividades ajenas al mantenimiento de la familia.
Asimismo, la jueza también valoró la contribución de la mujer al trabajo de su cónyuge cuando estuvo enfermo, su contribución a un negocio familiar sin estar dada de alta, y que durante ese tiempo no desempeñó ningún otro trabajo.
Para los periodos en los que la mujer realizó cursos de formación y sus 3 hijos ya no requerían una atención tan exigente, la jueza aplicó un porcentaje del 70% del salario mínimo. En total, casi 35.000 euros que sientan precedente para otras personas en la misma situación, hombres o mujeres, aunque todavía en la inmensa mayoría de los casos son las mujeres quienes se quedan en casa para cuidar de los hijos y encargarse del hogar.
Otros casos anteriores
Aunque esta ha sido la primera sentencia de este tipo en Galicia, antes que la mujer de Vigo ha habido otras mujeres de otras provincias con casos similares que también lograron una indemnización por vía judicial.
En 2017, la Audiencia de Cantabria confirmó una compensación de 23.628 euros para una vecina de Castro Urdiales, y en 2018, el Supremo ratificó una sentencia de la Audiencia de Zaragoza por la que una mujer recibió 46.000 euros por 20 años de entrega al hogar.
Sin embargo, la reticencia y oposición de algunos de exmaridos a desembolsar una compensación económica a sus exmujeres ha llegado en ocasiones hasta el Tribunal Supremo.
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